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+Artículo 291 6. |
Artículo 291 6.Las entidades proporcionarán a la alta dirección y al comité correspondiente del órgano de dirección informes periódicos sobre los riesgos general y específico de correlación adversa y las medidas que se estén tomando para gestionarlos.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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