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+Artículo 293 5. |
Artículo 293 5.Las entidades definirán la manera en que se constituirán las carteras de contrapartes representativas a efectos de la validación de un modelo de exposición en riesgo de contraparte y de las medidas de riesgo que este genere.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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