+Artículo 293 5.

Artículo 293 5.

Las entidades definirán la manera en que se constituirán las carteras de contrapartes representativas a efectos de la validación de un modelo de exposición en riesgo de contraparte y de las medidas de riesgo que este genere.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito