+Artículo 336 2.

Artículo 336 2.

Para que las entidades que aplican el método IRB a la categoría de exposición de la que forme parte el emisor del instrumento de deuda puedan optar a una ponderación de riesgo con arreglo al método estándar en lo que atañe al riesgo de crédito según lo contemplado en el apartado 1, el emisor de la exposición deberá contar con una calificación interna de PD equivalente o inferior a la asociada al nivel adecuado de calidad crediticia en virtud del método estándar.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito