+Artículo 354 6.

Artículo 354 6.

Si los datos diarios sobre el tipo de cambio de los últimos tres o cinco años que se hayan producido sobre posiciones iguales y opuestas en un par de divisas en los 10 días hábiles muestran que estas dos divisas están perfecta y positivamente correlacionadas y la institución siempre puede afrontar un diferencial entre el precio de compra y el de venta nulo en las respectivas transacciones, la entidad podrá aplicar, con el permiso explícito de su autoridad competente, un requisito de fondos propios del 0 % hasta finales de 2017.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito