+Artículo 357 3.

Artículo 357 3.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 360, apartado 1, el exceso de las posiciones largas de una entidad sobre sus posiciones cortas, o viceversa, en una misma materia prima y en idénticos contratos de futuros, opciones y certificados de opción de compra sobre materias primas constituirá la posición neta de dicha entidad en cada una de las materias primas. Los instrumentos derivados tendrán la misma consideración, tal como se establece en el artículo 358, que las posiciones en la materia prima subyacente.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito