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+Artículo 358 5. |
Artículo 358 5.Cuando la entidad sea una de las siguientes, incluirá las materias primas en cuestión en el cálculo de sus requisitos de fondos propios por riesgo de materias primas:
a)
una entidad que ceda las materias primas o los derechos garantizados relativos a la titularidad de las materias primas en un pacto de recompra;
b)
una entidad que preste las materias primas en un pacto de préstamo de materias primas. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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