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+Artículo 383quindecies 2. |
Artículo 383quindecies 2.La ponderación de riesgo de los factores de riesgo de tipo de cambio en relación con los pares de divisas compuestos por el euro y la divisa de un Estado miembro que participe en el MTC II será una de las siguientes:
a)
la ponderación de riesgo que se menciona en el apartado 1 dividida entre 3;
b)
la máxima fluctuación dentro del margen de fluctuación acordado formalmente por el Estado miembro y el BCE si este fuera más reducido que el margen de fluctuación definido con arreglo al MTC II. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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