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+Artículo 397 2. |
Artículo 397 2.Si el exceso no se ha mantenido durante más de diez días, el requisito de capital adicional correspondiente a dichos componentes será igual al 200 % de los requisitos mencionados en el apartado 1.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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