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+Artículo 412 3. |
Artículo 412 3.Las entidades podrán utilizar los activos líquidos a que se refiere el apartado 1 para cumplir sus obligaciones en circunstancias de tensión, tal como se especifica en el artículo 414.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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