+Artículo 429bis 7.

Artículo 429bis 7.

No obstante el artículo 92, apartado 1, letra d), cuando una entidad excluya las exposiciones a que se hace referencia en el apartado 1, letra n), del presente artículo, cumplirá en todo momento, durante el período de exclusión, el requisito de ratio de apalancamiento ajustado (RAa) siguiente:

image

donde:

RAa

=

ratio de apalancamiento ajustado;

▼M11

EMLR

=

la medida de la exposición total de la entidad calculada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 429, apartado 4, incluidas las exposiciones excluidas de conformidad con el apartado 1, letra n), del presente artículo, en la fecha a que se refiere el apartado 5, letra c), del presente artículo; y

CB

=

el valor medio diario total de las exposiciones de la entidad frente a su banco central, calculado con respecto a todo el período de mantenimiento de reservas del banco central inmediatamente anterior a la fecha a que se refiere el apartado 5, letra c), que puedan ser excluidas conforme al apartado 1, letra n).

▼M8

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito