+Artículo 3 5.
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Artículo 3 5.
A efectos de la aplicación de los apartados 1 y 2, las autoridades competentes pertinentes podrán, en casos excepcionales y de común acuerdo, sustituir el criterio basado en el balance total por uno o varios de los siguientes parámetros o añadir uno o varios de estos parámetros, si consideran que son especialmente importantes a efectos de la supervisión adicional con arreglo a la presente Directiva: estructura de ingresos, actividades fuera de balance, total de activos gestionados.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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