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+Artículo 3 9. |
Artículo 3 9.Las autoridades competentes reevaluarán anualmente las exenciones de la aplicación de supervisión adicional, y revisarán los indicadores cuantitativos establecidos en el presente artículo y las evaluaciones en función de los riesgos aplicadas a grupos financieros.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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