+Artículo 5 3.
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Artículo 5 3.
Toda entidad regulada que no esté sujeta a la supervisión adicional, de acuerdo con el apartado 2, cuya empresa matriz sea una entidad regulada o una sociedad financiera mixta de cartera que tenga su domicilio social en un tercer país, estará sujeta a la supervisión adicional al nivel del conglomerado financiero en la medida y de la manera establecida en el artículo 18.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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