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+Artículo 6 3. |
Artículo 6 3.Para calcular los requisitos de adecuación del capital a que se refiere el párrafo primero del apartado 2, se incluirán en el ámbito de la supervisión adicional, de conformidad con el anexo I, las siguientes entidades:
a)
las entidades de crédito, las entidades financieras y las empresas de servicios auxiliares;
b)
las empresas de seguros, las empresas de reaseguros y las sociedades de cartera de seguros;
c)
las empresas de inversión;
d)
las sociedades financieras mixtas de cartera. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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