A efectos de las pruebas de resistencia a escala comunitaria, las AES podrán desarrollar, a través del Comité Mixto y en cooperación con la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS) creada por el Reglamento (UE) n
o 1092/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, relativo a la supervisión macroprudencial del sistema financiero en la Unión Europea y por el que se crea una Junta Europea de Riesgo Sistémico (
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), parámetros adicionales que contemplen los riesgos específicos asociados a los conglomerados financieros, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n
o 1093/2010, el Reglamento (UE) n
o 1094/2010 y el Reglamento (UE) n
o 1095/2010. El coordinador comunicará los resultados de la prueba de resistencia al Comité Mixto.