|
+Artículo 12bis 1. |
Artículo 12bis 1.A efectos de la presente Directiva, las autoridades competentes deberán cooperar con el Comité Mixto, de conformidad con el Reglamento (UE) no 1093/2010, el Reglamento (UE) no 1094/2010 y el Reglamento (UE) no 1095/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|