+Artículo 12ter 1.
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Artículo 12ter 1.
Las AES, a través del Comité Mixto, elaborarán directrices comunes sobre la manera en que la autoridad competente debe realizar las evaluaciones de riesgo de los conglomerados financieros. En particular, estas directrices deberán garantizar que las evaluaciones de riesgo incluyan herramientas adecuadas para evaluar los riesgos de grupo a los que se exponen los conglomerados financieros.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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