+Artículo 7 1.

Artículo 7 1.

En el ejercicio de sus funciones, las autoridades competentes tendrán en cuenta la convergencia de los instrumentos y las prácticas de supervisión en la aplicación de las disposiciones legales adoptadas con arreglo a la presente Directiva y al Reglamento (UE) 2019/2033.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito