+Artículo 15 3.

Artículo 15 3.

Las personas físicas o jurídicas y otros organismos, distintos de las autoridades competentes, que reciban información confidencial con arreglo a la presente Directiva y al Reglamento (UE) 2019/2033 harán uso de ella exclusivamente para los fines dispuestos expresamente por la autoridad competente o de conformidad con el Derecho nacional.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito