+Artículo 15 3.
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Artículo 15 3.
Las personas físicas o jurídicas y otros organismos, distintos de las autoridades competentes, que reciban información confidencial con arreglo a la presente Directiva y al Reglamento (UE) 2019/2033 harán uso de ella exclusivamente para los fines dispuestos expresamente por la autoridad competente o de conformidad con el Derecho nacional.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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