+Artículo 26 4.

Artículo 26 4.

La ABE, tras consultar a la AEVM, emitirá directrices sobre la aplicación de los sistemas de gobernanza a que se refiere el apartado 1.

La ABE, tras consultar a la AEVM, emitirá directrices de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010 relativas a las políticas de remuneración no discriminatorias entre mujeres y hombres para las empresas de servicios de inversión.

En el plazo de dos años a partir de la fecha de publicación de dichas directrices, la ABE presentará un informe sobre la aplicación de las políticas de remuneración no discriminatorias entre mujeres y hombres por parte de las empresas de servicios de inversión que se basará en la información recopilada por las autoridades competentes.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito