+Artículo 26 Gobernanza interna
---+Artículo 26 1.
---+Artículo 26 2.
---+Artículo 26 3.
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Artículo 26 Gobernanza interna
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 26 1.
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Los Estados miembros se asegurarán de que las empresas de servicios de inversión cuenten con sistemas de gobernanza sólidos, que incluyan todo lo siguiente:
a)
una estructura organizativa clara con líneas de responsabilidad bien definidas, transparentes y coherentes;
▼M2
b)
procedimientos eficaces para la identificación, la gestión, el seguimiento y la notificación de los riesgos a los que estén o puedan estar expuestas las empresas de servicios de inversión o de los riesgos que ellas entrañen o puedan entrañar para terceros, incluido el riesgo de concentración derivado de las exposiciones a entidades de contrapartida central, teniendo en cuenta las condiciones establecidas en el artículo 7 bis del Reglamento (UE) n.o 648/2012;
▼B
c)
mecanismos adecuados de control interno, incluidos procedimientos administrativos y contables sólidos;
d)
políticas y prácticas en materia de remuneraciones que sean coherentes con una gestión de riesgos sólida y eficaz y la promuevan.
Las políticas y prácticas de remuneración mencionadas en la letra d) del párrafo primero serán no discriminatorias entre mujeres y hombres.
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Artículo 26 2.
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Al establecer los sistemas a que se refiere el apartado 1, se tendrán en cuenta los criterios fijados en los artículos 28 a 33.
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Artículo 26 3.
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Los sistemas contemplados en el apartado 1 serán adecuados y proporcionados a la naturaleza, escala y complejidad de los riesgos inherentes al modelo de negocio y a las actividades de la empresa de servicios de inversión.
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Artículo 26 4.
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La ABE, tras consultar a la AEVM, emitirá directrices sobre la aplicación de los sistemas de gobernanza a que se refiere el apartado 1. La ABE, tras consultar a la AEVM, emitirá directrices de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010 relativas a las políticas de remuneración no discriminatorias entre mujeres y hombres para las empresas de servicios de inversión. En el plazo de dos años a partir de la fecha de publicación de dichas directrices, la ABE presentará un informe sobre la aplicación de las políticas de remuneración no discriminatorias entre mujeres y hombres por parte de las empresas de servicios de inversión que se basará en la información recopilada por las autoridades competentes.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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