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+Artículo 33 3. |
Artículo 33 3.Al preparar las decisiones a que se refiere el apartado 2, el comité de remuneraciones tendrá en cuenta el interés público y los intereses a largo plazo de los accionistas, los inversores y otras partes interesadas en la empresa de servicios de inversión.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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