+Artículo 44 Requisitos de publicación

Artículo 44 Requisitos de publicación

Artículo 44

Requisitos de publicación

Los Estados miembros garantizarán que las autoridades competentes estén facultadas para:

a) 

exigir a aquellas empresas de servicios de inversión que no cumplen las condiciones establecidas en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/2033 para considerarse empresas de servicios de inversión pequeñas y no interconectadas y a las empresas de servicios de inversión a que hace referencia el artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/2033 que publiquen la información mencionada en el artículo 46 de dicho Reglamento más de una vez al año y que establezcan plazos para dicha publicación;

b) 

exigir a aquellas empresas de servicios de inversión que no cumplen las condiciones establecidas en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/2033 para considerarse empresas de servicios de inversión pequeñas y no interconectadas y a las empresas de servicios de inversión a que hace referencia el artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/2033 que utilicen medios y localizaciones específicos, en particular los sitios web de la empresa de servicios de inversión, para publicaciones distintas de los estados financieros;

c) 

exigir a las empresas matrices que publiquen anualmente, ya sea íntegramente o mediante referencias a información equivalente, una descripción de su estructura jurídica y la estructura organizativa y de gobernanza del grupo de empresas de servicios de inversión de conformidad con el artículo 26, apartado 1, de la presente Directiva y con el artículo 10 de la Directiva 2014/65/UE.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito