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+Artículo 57 2. |
Artículo 57 2.La información publicada con arreglo al apartado 1 será lo suficientemente completa y exacta para permitir una comparación representativa de la aplicación del apartado 1, b), c) y d), por parte de las autoridades competentes de los distintos Estados miembros.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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