+Artículo 4 2.

Artículo 4 2.

La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 56 para completar el presente Reglamento aportando mayor claridad a las definiciones establecidas en el apartado 1:

a) 

para garantizar la aplicación uniforme del presente Reglamento;

b) 

para tener en cuenta, en la aplicación del presente Reglamento, la evolución de los mercados financieros.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito