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+Artículo 13 4. |
Artículo 13 4.La ABE, tras consultar a la ESMA, elaborará proyectos de normas técnicas de regulación para complementar el cálculo del requisito contemplado en el apartado 1, que incluirán al menos los elementos deducibles siguientes:
a)
primas para el personal y otras remuneraciones, en la medida en que dependan del beneficio neto de la empresa de servicios de inversión en el año de que se trate;
b)
participaciones en los beneficios de los empleados, los administradores y los socios;
c)
otras distribuciones de beneficios y otros elementos de remuneración variable, en la medida en que sean plenamente discrecionales;
d)
comisiones y retribuciones compartidas a pagar que estén directamente relacionadas con las comisiones y retribuciones a cobrar incluidas en el total de ingresos, cuando el pago de las comisiones y retribuciones a pagar esté supeditado a la recepción efectiva de las comisiones y retribuciones a cobrar;
e)
comisiones pagadas a agentes vinculados;
f)
gastos no recurrentes de actividades no ordinarias. A efectos del presente artículo, la ABE deberá también especificar la noción de cambio significativo. La ABE presentará a la Comisión los proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 26 de diciembre de 2020. Se delegan en la Comisión los poderes para completar el presente Reglamento mediante la adopción de las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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