+Artículo 38 2.

Artículo 38 2.

Las autoridades competentes podrán conceder a la empresa de servicios de inversión un período de tiempo restringido para atenerse al límite a que se refiere el artículo 37.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito