+Artículo 449bis 2.

Artículo 449bis 2.

A efectos del apartado 1, las entidades divulgarán información sobre los riesgos ASG, entre los que se incluyen:

a) 

el importe total de exposiciones frente a entes del sector de los combustibles fósiles;

b) 

el modo en que las entidades integran los riesgos ASG en su estrategia empresarial y en sus procedimientos, así como en la gobernanza y gestión de riesgos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito