Artículo 47
Objetivos y políticas de gestión de riesgos
Las empresas de servicios de inversión harán públicos, de conformidad con el artículo 46, sus objetivos y políticas de gestión de riesgos respecto de cada categoría distinta de riesgo contemplada en las partes tercera, cuarta y quinta, incluido un resumen de las estrategias y procesos para gestionar dichos riesgos y una declaración concisa sobre riesgos aprobada por el órgano de dirección de la empresa de servicios de inversión en la que se describa sucintamente el perfil de riesgo general asociado a la estrategia empresarial de la empresa de servicios de inversión.