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+Artículo 48 Gobernanza |
Artículo 48 GobernanzaArtículo 48 Gobernanza Las empresas de servicios de inversión harán pública la siguiente información sobre los mecanismos de gobernanza interna, de conformidad con el artículo 46:
a)
el número de cargos de consejero desempeñados por los miembros del órgano de dirección;
b)
la política en materia de diversidad en lo que atañe a la selección de los miembros del órgano de dirección, sus objetivos y las metas establecidas en dicha política, así como la medida en que se han alcanzado estos objetivos y metas;
c)
si la empresa de servicios de inversión ha creado o no un comité de riesgos dedicado específicamente a esta cuestión y el número de veces que se ha reunido cada año. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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