+Artículo 3 11

Artículo 3 11

11.   Cuando un Estado miembro designe más de una autoridad de resolución de conformidad con el apartado 1, la notificación a que se refiere el apartado 10 deberá incluir los elementos siguientes:

a)

las razones que justifiquen la designación múltiple;

b)

el reparto de funciones y responsabilidades entre dichas autoridades;

c)

la forma en que se garantiza la coordinación entre ellas, y

d)

la autoridad de resolución designada como autoridad de contacto a efectos de cooperación y coordinación con las autoridades pertinentes de otros Estados miembros.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito