+Artículo 5 3

Artículo 5 3

3.   A efectos del presente Reglamento, la AEVM cooperará con la Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación) (AESPJ) establecida mediante el Reglamento (UE) n.o 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo (23) y con la ABE en el marco del Comité Mixto de las Autoridades Europeas de Supervisión, creado con arreglo al artículo 54 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010, el artículo 54 del Reglamento (UE) n.o 1094/2010 y el artículo 54 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito