+Artículo 6 2

Artículo 6 2

2.   La autoridad de resolución de una ECC y las autoridades de resolución de sus miembros compensadores deberán cooperar estrechamente con el fin de garantizar que no haya obstáculos a la resolución.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito