+Artículo 9 10

Artículo 9 10

10.   Los planes de recuperación se elaborarán de conformidad con lo dispuesto en la sección A del anexo y tendrán en cuenta todas las interdependencias pertinentes dentro del grupo a que pertenezca la ECC. Las autoridades competentes podrán exigir a las ECC que incluyan información adicional en sus planes de recuperación. Cuando proceda, la autoridad competente de la ECC consultará a la autoridad competente de la empresa matriz de la ECC.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito