+Artículo 10 12

Artículo 10 12

12.   La AEVM, en cooperación con el SEBC y la JERS, elaborará un proyecto de normas técnicas reglamentarias que especifiquen en mayor medida los factores contemplados en el apartado 3, letras a), b) y c).

La AEVM presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 12 de febrero de 2022.

Se delegan en la Comisión los poderes para completar el presente Reglamento mediante la adopción de las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero del presente apartado de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito