2. La AEVM elaborará proyectos de normas técnicas de regulación para especificar el orden en que se ha de pagar la indemnización, el número máximo adecuado de años y la proporción máxima adecuada de los beneficios anuales de la ECC a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1.
La AEVM presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 12 de febrero de 2022.
Se otorgan a la Comisión los poderes para complementar el presente Reglamento mediante la adopción de las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero del presente apartado de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.