+Artículo 22 3

Artículo 22 3

3.   A efectos de lo dispuesto en el apartado 1, letra a), se considerará que una ECC es inviable o que probablemente vaya a serlo si concurren una o varias de las circunstancias siguientes:

a)

que la ECC haya infringido, o resulte probable que infrinja, los requisitos de autorización de un modo que pueda justificar la retirada de la autorización conforme al artículo 20 del Reglamento (UE) n.o 648/2012;

b)

que la ECC sea o probablemente vaya a ser incapaz de desempeñar una función esencial;

c)

que la ECC sea o probablemente vaya a ser incapaz de restablecer su viabilidad mediante la aplicación de sus medidas de recuperación;

d)

que la ECC sea o probablemente vaya a ser incapaz de hacer frente al pago de sus deudas o demás pasivos a su vencimiento;

e)

que la ECC necesite ayuda financiera pública extraordinaria.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito