+Artículo 33 6

Artículo 33 6

6.   Al convertir los instrumentos de deuda u otros pasivos no garantizados de conformidad con el apartado 3, la autoridad de resolución podrá exigir a la ECC que emita o transmita instrumentos de propiedad a los titulares de los instrumentos de deuda u otros pasivos no garantizados.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito