+Artículo 41 3

Artículo 41 3

3.   Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 y 2, la autoridad de resolución podrá aplicar el instrumento de venta del negocio sin cumplir el requisito de poner a la venta los activos, derechos, obligaciones, pasivos o instrumentos de propiedad, o podrá ponerlos a la venta sin cumplir los criterios mencionados en el apartado 2, cuando determine que el cumplimiento de tal requisito pueda previsiblemente menoscabar la consecución de uno o varios de los objetivos de resolución, en particular por crear un peligro real para la estabilidad financiera.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito