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+Artículo 43 5 |
Artículo 43 55. La autoridad de resolución pondrá fin a las actividades de la ECC puente en un plazo de dos años a partir de la fecha en que se haya realizado la última transmisión desde la ECC objeto de resolución. Cuando la autoridad de resolución ponga fin a las actividades de una ECC puente, solicitará a la autoridad competente que le retire la autorización. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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