+Artículo 43 6

Artículo 43 6

6.   La autoridad de resolución podrá ampliar el plazo a que hace referencia el apartado 5 en uno o varios períodos adicionales de un año cuando la ampliación sea necesaria para alcanzar los resultados mencionados en el apartado 3, letras a) a d).

La decisión de ampliar el plazo a que hace referencia el apartado 5 estará motivada y contendrá una evaluación detallada de la situación de la ECC puente respecto de las correspondientes condiciones y perspectivas del mercado.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito