+Artículo 64 c)

Artículo 64 c)

con cargo a los eventuales ingresos generados como consecuencia del cese de las actividades de la ECC puente, en calidad de acreedor preferente.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito