+Artículo 65 a)

Artículo 65 a)

cuando la autoridad de resolución transmita solamente una parte de los activos, derechos, obligaciones o pasivos de una ECC objeto de resolución a otra entidad o, en el contexto de la aplicación de un instrumento de resolución, de una ECC puente a un comprador, y

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito