+Artículo 68 a)

Artículo 68 a)

la transmisión de una parte solamente de los activos, derechos y pasivos que constituyan la totalidad o una parte de un acuerdo de financiación estructurada en el que sea parte la ECC objeto de resolución;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito