+Artículo 84 2

Artículo 84 2

2.   La AEVM mantendrá una base de datos central en la que constarán las sanciones administrativas que se le hayan comunicado exclusivamente con fines de intercambio de información entre autoridades de resolución. Dicha base de datos, a la que solo podrán acceder las autoridades de resolución, se actualizará con la información facilitada por estas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito