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+Artículo 84 2 |
Artículo 84 22. La AEVM mantendrá una base de datos central en la que constarán las sanciones administrativas que se le hayan comunicado exclusivamente con fines de intercambio de información entre autoridades de resolución. Dicha base de datos, a la que solo podrán acceder las autoridades de resolución, se actualizará con la información facilitada por estas. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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