+Artículo 86 2)
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Artículo 86 2)
En el artículo 40, apartado 5, se añade el párrafo siguiente:
«Con el fin de actuar en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2021/23, el miembro de la Junta de Supervisores a que se refiere el apartado 1, letra b), podrá, en su caso, estar acompañado por un representante de la autoridad de resolución de cada Estado miembro, sin derecho a voto».
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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