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+Artículo 2 2 |
Artículo 2 22. A efectos del apartado 1, el total del balance se calculará sobre la base de los últimos estados financieros consolidados auditados o, cuando no se exija la elaboración de estados financieros consolidados de conformidad con el marco contable aplicable, el último estado financiero individual auditado de la entidad. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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