+Artículo 7 d)
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Artículo 7 d)
verificarán si, para cada mesa de negociación, la entidad ha identificado a uno o dos operadores principales, y que, cuando se hayan designado dos operadores principales, estos tienen funciones, responsabilidades y autoridades claramente separadas, o bien uno de ellos tiene una función de supervisión global sobre el otro;
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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