+Artículo 7 d)

Artículo 7 d)

verificarán si, para cada mesa de negociación, la entidad ha identificado a uno o dos operadores principales, y que, cuando se hayan designado dos operadores principales, estos tienen funciones, responsabilidades y autoridades claramente separadas, o bien uno de ellos tiene una función de supervisión global sobre el otro;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito