+Artículo 7 g)

Artículo 7 g)

verificarán si la justificación para la inclusión de las mesas de negociación en el ámbito de aplicación del método de modelos internos alternativos cumple todas las condiciones siguientes:

i)

la justificación está documentada en las políticas internas, tal como exige el artículo 325 ter decies, apartado 1, letra e), del Reglamento (UE) n.o 575/2013,

ii)

la justificación garantiza la coherencia del método utilizado para calcular los requisitos de fondos propios por riesgo de mercado entre las mesas de negociación que gestionan posiciones similares,

iii)

la justificación es coherente con la estrategia comercial de las mesas de negociación a que se refiere el artículo 104 ter, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 575/2013;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito