+Artículo 7 g)
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Artículo 7 g)
verificarán si la justificación para la inclusión de las mesas de negociación en el ámbito de aplicación del método de modelos internos alternativos cumple todas las condiciones siguientes:
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i)
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la justificación está documentada en las políticas internas, tal como exige el artículo 325 ter decies, apartado 1, letra e), del Reglamento (UE) n.o 575/2013,
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ii)
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la justificación garantiza la coherencia del método utilizado para calcular los requisitos de fondos propios por riesgo de mercado entre las mesas de negociación que gestionan posiciones similares,
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iii)
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la justificación es coherente con la estrategia comercial de las mesas de negociación a que se refiere el artículo 104 ter, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 575/2013;
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1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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