+Artículo 38 1

Artículo 38 1

1.   Al evaluar si el modelo interno de una entidad se aplica con rigor, tal como exige el artículo 325 ter decies, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 575/2013 en relación con los requisitos sobre los elementos técnicos que deben incluirse en las variaciones hipotéticas del valor de la cartera de una mesa de negociación a efectos de los requisitos de atribución de pérdidas y ganancias a que se refiere el artículo 325 ter octies de dicho Reglamento, las autoridades competentes verificarán si las series temporales de las variaciones hipotéticas en el valor de la cartera de una mesa de negociación utilizadas a efectos de los requisitos en materia de pruebas retrospectivas coinciden con las series temporales de las variaciones hipotéticas en el valor de la cartera de una mesa de negociación utilizadas a efectos del requisito de atribución de pérdidas y ganancias, tal como se exige en el artículo 13 del Reglamento Delegado (UE) 2022/2059.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito